miércoles, 3 de diciembre de 2008

Santiago Hernández. Apartamentos gestionados por tercero

Santiago Hernández 

  19-nov

La secretaria y el tesorero hemos encontrado muchas anomalías en la gestión de la Comunidad, en donde se han mezclado gastos de la Comunidad con gastos de la empresa explotadora, dado que el gestor que maneja las cuentas de comunidad y explotación es la misma, siendo éste un propietarios que además tiene cedida su propiedad a la empresa explotadora. Hace unos días le trasladamos al Presidente de la Comunidad todas la irregularidades que habíamos encontrado y que afectaban de modo perjudicial a la Comunidad de propietarios (desde la actual ilegalidad de la explotadora por no cumplirse el principio de Unidad de Explotación, hasta que la comunidad en general (explotadores y no explotadores) estaban soportando los gastos del personal de la explotadora),exponiéndole que era necesario realizar una Junta Extraordinaria con todos los propietarios para exponerles como estaba la situación, ya que la mayoría la desconocen.

 Dado que el Presidente que compró su propiedad hace una año, mas o menos, también ha cedido su apartamento a la empresa explotadora, nos está poniendo “pegas” para realizar esta Junta y aunque nos reunimos la Junta Rectora y por mayoría se decidió hacerla, aún así el presidente se niega a firmar la carta de la convocatoria, comunicando además que él no asistiría y por lo tanto no se podría celebrar.

¿Qué pasos tenemos que dar para convocar la Junta extraordinaria, después de recoger un 25 % de las firmas de propietarios?

¿Podemos con la firma del 25 % , bien la Secretaria o el Tesorero convocar a los demás propietarios aunque el Presidente no asista?

¿si celebramos la Junta Extraordinaria y el Presidente no viene nos pueden impugnar los acuerdos de esa Junta?


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El caso es complicado ya que puede que lleguen a obtener mejores resultados por una vía diferente a la de la LPH.

Teniendo en cuenta que son ustedes Secretario y Tesorero, tienen un gran poder. Lo primero, el secretario es el que tiene que tener en su poder TODA la documentación de la Comunidad. La LPH no recoge el cargo de tesorero, por lo que no se si podrá NO REFRENDAR los pagos que haga el “gestor”.

¿Qué pasos tenemos que dar para convocar la Junta extraordinaria, después de recoger un 25 % de las firmas de propietarios?

Remitirle al Presidente, mediante Burofax con acuse de recibo y certificación de contenido, el escrito, con las firmas, en el que debe figurar lo que solicitan (procuren ser concisos y en puntos separados).. Pongan una fecha (recuerde que el Presidente tiene treinta días para recoger el escrito. Otra forma, más costosa, es hacerle lo mismo mediante un requerimiento notarial (seguramente tendrán que ir todos a firmar al Notario), pero es la más efectiva y, además, le “acojonará”. La rapidez es aconsejable para impedir que la “gestora” solicite firmas con la cesión de representación.

¿Podemos con la firma del 25 % , bien la Secretaria o el Tesorero convocar a los demás propietarios aunque el Presidente no asista?

Si el presidente no hace la convocatoria solicitada, entonces la pueden hacer los promotores de la misma.

¿si celebramos la Junta Extraordinaria y el Presidente no viene nos pueden impugnar los acuerdos de esa Junta?

No es necesaria la presencia del Presidente. Y usted como secretario es quien hace el Acta, y que s ela firmen los asistentes.

El problema que veo es que van a tener en contra a los propietarios que ceden la explotación de su apartamento, con lo que sus gastos bajan respecto a los que tendrían que tener.

preparense para ir a juicio.

Y vayan estudiando el presentar una denuncia por posible “apropiación indebida” de las cantidades que aplican a gastos generales y que son particulares de los apartamentos gestionados. En la denuncia de los hechos tendrán que meter al presidente y al titular d ela gestora como posibles responsables